Argentina y China lideran los nuevos códigos civiles del siglo XXI

25 junio, 2020

Los recientes cambios en los códigos civiles de Argentina y China —primeros del siglo XXI— fueron analizados ayer por expertos del Centro de Estudios Chinos de la Universidad Nacional de La Plata.

En un conversatorio que se repetirá otros miércoles, la coordinadora del CeChino del Instituto de Relaciones Internacionales de la UNLP, María Francesca Staiano, experta en derecho internacional y en China, moderó las presentaciones de los especialistas Solange Seijas y David Esborraz.

Staiano abrió la actividad, realizada por plataformas digitales, contando las novedades de las recientes reformas jurídicas en el código civil chino, en el marco de la modernización de su sistema de gobierno, y Seijas, investigadora del CeChino y directora de Relaciones Internacionales de la Municipalidad de La Plata, comentó los cambios en políticas medios ambientales, divorcio o derechos de la personalidad.

Sobre la legislación ambiental, Seijas valoró que China pasara de un modelo de desarrollo que hace unas décadas fue “a expensas del medio ambiente” a otro que ahora, con el nuevo código, “los protege y castiga a quienes lo agreden”.

Del mismo modo, detalló los avances progresistas en materia de divorcio vincular o de “derechos de la personalidad, que es más avanzado que en muchos otros países, o en todo caso no los tienen contemplados en sus códigos”.

Por su parte, David Esborraz, investigador del CNR de Italia y de la Universidad de Roma Tor Vergata , expresó que “los de Argentina y China son los dos verdaderos nuevos Códigos del siglo XXI”, aprobados en 2014 y 2020 respectivamente, dado que Brasil aprobó uno a principios de siglo, pero se elaboró a fines del siglo XX.

Para el experto, hay tres tradiciones, romanística, del Common Law y musulmán, para los códigos civiles, “y en ese siglo hay una recodificación, un nuevo fenómeno, que tiene que ver con la constitucionalización e internacionalización del código civil, en el cual Argentina y China fueron pioneros”, dijo, incluso “dialogando” mejor, pese a tanta distancia cultural, que lo que pasa entre códigos de Latinoamérica y Norteamérica.

Esto se debería, entre otras causas, a que China tomó sobre todo el espíritu más humanista y colectiva del código Romano (en su tradición comunitaria tanto del Confucianismo como, luego, del Comunismo), que “en cambio los anglosajones o los códigos de Francia y Alemania en el siglo XIX no tuvieron, privilegiando derechos individuales”, sostuvo.

“China incluso estudió y tradujo a Dalmacio Vélez Sarsfield”, informó Esborraz, para quien hay “muchas coincidencias con Argentina” en materia de ir a la avanzada en cuanto a ubicar al ser humano en un “contexto, familiar, de mercado, de sociedad, de medio ambiente. Esto hace diez años no se tenía en cuenta”.

Seijas coincidió con la atención creciente que empieza a dar China a la cuestión verde y a los derechos de la personalidad. En ese sentido, Staiano y los oradores recordaron que en las recientes reformas del código civil argentino y chino, en sus artículos 14 y 9 respectivamente, se incluyen derechos de defensa del medio ambiente, el llamado “principio verde”, uno de los rasgos de los nuevos códigos civiles en el mundo. “Hay un límite al individuo en cuanto a no agredir el medio ambiente”, coincidieron los expositores.

En Youtube, toda la actividad.

Categorías: Sociedad

PUBLICAR COMENTARIOS